El Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza (TIDN), difundió recientemente la sentencia, en su integridad, del “Caso Chiquitanía, Chaco y Amazonía vs. Estado Plurinacional de Bolivia“. El documento consta de 37 páginas que desarrollan de forma detallada los antecedentes, los hechos y las consideraciones de caso. La sentencia es firmada por los y las jueces del Tribunal: Nancy Yánez (Chile), Felicio Pontes (Brasil) y Patricia Gualinga (Ecuador), además de Natalia Greene como parte de la Secretaría del TIDN.
La sentencia en su Decisión señala que: “El Tribunal Internacional se pronuncia por todos aquellos animales y plantas que no tienen voz, aquellos refugiados ambientales cuyos derechos han sido violados por estos incendios; por el Bosque Chiquitano y sus especies vulneradas y representativas: borochi, jaguar, paraba azul, tapir; en el Pantanal, por: el ciervo de los pantanos, londra, pecarí, yacaré, capibara, sicuri; en el Chaco, por: el pecarí del Chaco, guanaco, ciervo de las pampas, jaguar, manechi negro, gama, ñandú; las más de 6341 plantas registradas en estos ecosistemas, muchas de ellas endémicas y por todos los seres espirituales que habitan los bosques”.
Por lo que resuelve: “que se trata de un ecocidio provocado por la política de Estado y el agronegocio por lo que se han vulnerado todos los derechos de la Naturaleza contenidos en el artículo 2 de la Declaración de la Madre Tierra. Asimismo, el Tribunal determina que ha existido afectación a los derechos de los pueblos indígenas al Territorio, a la Consulta y Consentimiento Previo Libre e Informado, a vivir en ambiente sano y a participar en los asuntos que le afecten, en particular resuelve que se ha puesto en grave riesgo el derecho a existir del pueblo indígena Ayoreo en aislamiento voluntario. Este Tribunal también resuelve que los hechos denunciados han constituido una vulneración a los derechos de las personas a vivir en un ambiente sano, a la salud, a la alimentación adecuada y al agua“.
Con relación a los responsables, el TIDN sindica como autores del delito de ecocidio a:
– Gobierno de Evo Morales, Gobierno de Jeanine Añez y autoridades de la Gobernación de Santa Cruz y de Beni.
– Autoridad de Fiscalización y Control de Bosques y Tierra (ABT) y autoridades del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).
– Asambleístas de las cámaras de diputados y senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, bancadas de los partidos políticos del oficialismo y de la oposición.
– Autoridades del Órgano Judicial, Tribunal Agroambiental y Fiscalía del Estado. Empresarios del Sector Agroindustrial y ganadero.
Así también, el Tribunal insta al Estado boliviano adoptar medidas de restauración integral, medidas que reparación y garantías de no repetición, que detalla en la sentencia.
La audiencia para este caso de ecocidio en la Amazonía y la Chiquitanía se llevó a cabo el 17 y 18 de agosto y el Tribunal emitió su sentencia el 20 de agosto de 2020. Durante los dos días de audiencias el Tribunal escuchó los testimonios de representantes indígenas, de organizaciones de la sociedad civil, instituciones, activistas, técnicos, biólogas y bomberos de las zonas afectadas por los incendios del 2019.
FUENTE: Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza
Para mayor información puede visitar su página web:
http://www.rightsofnaturetribunal.org
https://www.rightsofnaturetribunal.org/wp-content/uploads/2018/04/Sentencia-Chiquitania-Chaco-y-Amazonia-vs.-Estado-Plurinacional-de-Bolivia-FINAL28.08.2020.pdf
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